Importe deducible para la estación de recarga y la infraestructura de la estación de recarga

La cuantía deducible por período impositivo se obtiene incrementando la cuantía normal de la amortización de ese período en, según el caso, el 100% o el 50% (art. 64quater, apartado 5 WIB 1992). Los costes adicionales que se amortizan junto con la estación de recarga forman parte de ese valor de adquisición. Esto se aplica, por ejemplo, a los costes de los trabajos de cableado. Los costes relacionados con una cabina eléctrica necesaria para el funcionamiento de las estaciones de recarga también pueden acogerse a la deducción por incremento de costes (Ref.).

La deducción incrementada sólo se concede a partir del ejercicio fiscal relacionado con el período impositivo durante el cual la estación de recarga es realmente accesible al público (art. 64 quater, párrafo 2, tercer guión WIB 92).

El contribuyente tiene la opción de empezar a amortizar su inversión únicamente cuando la haya adquirido o establecido, es decir, cuando la inversión se haya realizado en su totalidad. Si la empresa desea iniciar la amortización en el transcurso de la adquisición o construcción, podrá beneficiarse primero del tipo de deducción tradicional y del tipo incrementado a partir del momento en que la estación de carga reúna todas las condiciones (Ref. ).

Con respecto a los ejercicios fiscales siguientes, la deducción por amortización incrementada sólo podrá disfrutarse a condición de que la estación de recarga sea accesible al público durante todo el período impositivo, sin tener en cuenta la inaccesibilidad causada fuera del control del sujeto pasivo.

contribuyente a (art. 64 quater, párrafo 2, cuarto guión WIB 92). Por lo tanto, la deducción por depreciación incrementada sólo se aplica mientras la estación de recarga siga siendo accesible al público.

La amortización admitida sobre el valor de adquisición o inversión de las estaciones de recarga no es admisible para determinar las plusvalías y minusvalías posteriores de dichas estaciones de recarga." (art. 64 quater, párrafo 7 WIB 92).

La deducción incrementada de la amortización requiere que la estación de recarga se amortice en al menos 5 periodos impositivos (art. 64 quater, párrafo 2, primer guión WIB 92 ; PV 673 de 08.10.2021).

Además, la empresa no puede aplicar la deducción por inversión (véase el artículo 69 WIB 92) (art. 64 quater, párrafo 2, segundo guión WIB 92).

Autor: Yves Verdingh

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